Este pedido basado en la ordenanza 16.179, la cual regula la actividad de este tipo de negocios, donde se afirma que se debe brindar condiciones de salubridad y asepsia general no solo del local, sino también del material e instrumental que se utiliza, los cuales deberán ser esterilizados y descartables.
Mongiat aseveró: “Hoy en día gran cantidad de adolescentes y adultos se realizan esta práctica y la falta de higiene puede generar grandes riesgos para la salud de estos. Por ello pedimos una pronta respuesta al Ejecutivo para evitar posibles desgracias”.
Entre los puntos más salientes de la ordenanza se destacan: “Estos establecimientos deben tener contratados al momento de la habilitación el ‘servicio de transporte y destrucción de residuos patógenos’. Si por la cantidad que generan no tuviesen contratado estos servicios, deberán presentar un comprobante donde demuestre el lugar donde lo llevan”. “El tatuador, ayudante o auxiliar deben trabajar con guardapolvos y guantes descartables y esterilizados, además de contar con la correspondiente libreta sanitaria aprobada por Reconocimientos Médicos de la Municipalidad”, reza la norma.
La edil solicitó que al término del relevamiento se informe:
1. Cantidad de locales relevados.
2. Si esto cuentan con la habilitación municipal correspondiente.
3. Cumplimiento efectivo condiciones de salubridad e higiene establecidas en la Ord. Nº 16.179.
4. Inspecciones realizadas para determinar las condiciones en que se desenvuelven las personas que la practican, de acuerdo a las normas establecidas en la Ord. Nº 16.179, en los últimos 12 meses. En caso afirmativo remitir copias de las actas labradas por infracciones.
5. Análisis de los materiales utilizados para determinar su inocuidad y/o factores de riesgo. En caso afirmativo indicar: Organismo que los realiza. Tipo de análisis que se efectúa. Cantidad de análisis que se realizaron en los últimos doce meses. Remitir copia de ellos.
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